viernes, 9 de abril de 2010

Municipalidades y Planificación del Desarrollo Local

La Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, define a las Municipalidades como órganos promotores del desarrollo integral, sostenible y armónico de sus circunscripciones, encargadas de viabilizar la adecuada prestación de servicios públicos locales, el desarrollo social y crecimiento económico, la equidad y justicia social y la sostenibilidad ambiental, propiciando el bienestar y las mejores condiciones de vida de su población.
Para cumplir este rol, conducen el proceso de planeación local, estando entre sus atribuciones la aprobación de los Planes de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo, el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de Inversiones, el Presupuesto Anual y sus modificaciones, el Plan de Acondicionamiento Territorial y planes específicos (Plan de Desarrollo Urbano, Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos), el Sistema de Gestión Ambiental Local, la creación de centros poblados y agencias municipales, entre otras, que forman el sistema de planificación municipal.

En el último quinquenio, el proceso de planeación local se ha fortalecido con la participación ciudadana en cuanto a la formulación de dos instrumentos orientados al desarrollo como son: El Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo elaborado para cada año fiscal, proceso normado por la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento, D.S. Nº 171-2003-EF.
Sin embargo, la participación de las organizaciones de la sociedad civil es aún limitada en cuanto a representatividad y la priorización de proyectos que están lejos de solucionar la problemática local. Aún cuando las obras de infraestructura básica como: saneamiento, pavimentación de pistas o calzadas, parques y jardines, escuelas, carreteras, electrificación, reciban la mayor inversión, la mayoría de vecinos sienten como problemas inmediatos no solucionados la pobreza, el desempleo, la inseguridad, la corrupción, el caos del transporte, el deterioro del ornato en las ciudades, la contaminación ambiental, la desnutrición, la vulnerabilidad a pandemias, entre otras.

Para que las municipalidades cumplan a cabalidad sus funciones de planeamiento integral deben reunir las siguientes condiciones:
1. Que los aspirantes a alcaldes y regidores tengan una previa capacitación que les permita adquirir, entre otras capacidades, una concepción de desarrollo integral y sostenible, expresada en una filosofía, visión y objetivos estratégicos de desarrollo, así como una percepción real y objetiva de la problemática local, que haga posible proponer acciones y proyectos vinculados a la solución de problemas, y no sólo un listado de obras públicas (mal llamado "Plan de Gobierno Municipal"), que es insuficiente para conducir una gestión de desarrollo, y que en la mayoría de casos no responde a las necesidades, problemas y prioridades de la población. Estas capacidades deben ser fortalecidas con la experiencia municipal y compartida con todos los servidores municipales nombrados y contratados, funcionarios y no funcionarios, empleados y obreros. Se necesita, además de responsabilidad, el compromiso, misión y visión de desarrollo interiorizado por todos los estamentos de la institución municipal.

2. La participación organizada de la sociedad civil, en todas las etapas del proceso de planeamiento municipal, desde la identificación correcta de los problemas, necesidades, prioridades y potencialidades, hasta la ejecución de actividades y proyectos que permitan alcanzar la mejora del bienestar y la equidad. El planeamiento del desarrollo integral requiere la protagónica participación de los vecinos, considerando que es ésta, el fin último del desarrollo integral y sostenible. Esta condición se fortalecerá en la medida que los representantes de la sociedad civil desarrollen capacidades de planeamiento estratégico desde sus propias organizaciones, siendo las municipalidades, por intermedio de sus unidades orgánicas y personal calificado, quienes deben conducir actividades de promoción, sensibilización, comunicación y capacitación, respetando las autonomías de las organizaciones de base. Recordemos que promover no es pensar por ellos ni tomar decisiones por la sociedad civil.

3. Mejorar y optimizar las capacidades técnicas y de gestión de los órganos de planificación municipal, incorporando personal especializado y con experiencia en planificación: desde funcionarios, profesionales y técnicos, evitando la exclusión profesional. Las universidades peruanas no otorgan título profesional de planificadores, pero si incluyen cursos de planificación en sus planes curriculares. La mayoría de municipalidades, para cubrir plazas de planificadores sólo convocan a administradores, economistas o ingenieros. Sugerimos que amplíen la convocatoria a sociólogos, antropólogos, profesores, entre otros, con especialización académica (Diplomados, Maestrías, Doctorados) y experiencia profesional comprobada, tal como lo establece el Manual de Clasificación de Cargos de la Administración Pública (RJ. Nº 246-91-INAP). Las áreas de planificación municipal deben estar integradas por profesionales de diversas especialidades; la planificación del desarrollo es una labor de equipo multidisciplinario con participación de la sociedad civil. Se trata de integrar diversas percepciones de la realidad, su problemática y soluciones en lo demográfico, social, educativo, económico, cultural y ambiental.

Finalmente, municipalidades con autoridades que tengan clara su misión y visión de desarrollo integral y sostenible, con el soporte profesional competente, articulado con la sociedad civil en permanente coordinación, conducirán adecuadamente el proceso de planeación local, identificando problemas, necesidades y potencialidades; priorizarán la solución de los problemas del ámbito local, así como la asignación de recursos financieros de manera equitativa y el uso óptimo de recursos humanos, institucionales, ambientales, sociales, económicos y culturales de sus distritos. En suma, harán viable la conducción del proceso de desarrollo integral hacia mejores niveles en la calidad de vida de los vecinos, asegurando un crecimiento permanente y progresivo para alcanzar el bienestar y la equidad social. (Nicanor Becerra Castañeda)